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Artículo 3.- Actividades Para el cumplimiento de estos fines, se realizarán las siguientes actividades: a) Organizar conferencias, coloquios, reuniones sobre materias que directa o indirectamente afecten a sus finalidades. b) Editar y difundir publicaciones de materiales, folletos y boletines relacionadas con sus objetivos. c) Colaboración con otras asociaciones y grupos dentro y fuera del estado Español interesados en fines similares a los de la asociación para la realización de actividades conjuntas. d) Establecer relaciones e intercambios necesarios y convenientes con organismos y entidades públicas o privadas, para el mejor desarrollo de sus actividades específicas, y de manera concreta, con el Ayuntamiento de Baza, propiciando iniciativas tendientes a una mayor dignificación del sentir festero en el ámbito de sus competencias. e) Emitir informes de los problemas específicos sometidos a su dictamen. f) Ejercitar acciones de cualquier orden que dentro de la esfera de sus actividades le sean interesadas por las autoridades competentes. g) Colaborar en la realización de programas de fiestas. h) Contratar la ejecución de trabajos y servicios que interese encomendados a terceros. i) Convocar exposiciones, concursos y certámenes. j) Administración de sus recursos. k) Cuantas actividades conduzcan al mejor logro de sus objetivos. l) Cuantas actividades no especificadas aquí consideren oportuno realizar los miembros de la asociación, siempre que conduzcan a los fines antes mencionados y se inscriban en el marco de la legalidad vigente.
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